jueves, 20 de octubre de 2011

¿Es legal negarse a atender a un paciente?

Hay que diferenciar entre negarse a atender un paciente y negarse a hacer lo que quiere el paciente. Sería ilegal negarse a atender, ya que el profesional estaría siendo negligente (no realizar acciones tiendo los conocimientos y destrezas pertinentes). No se puede dejar al paciente solo, y si la patología que presenta sobrepasa su conocimiento, se debe derivar a un profesional más capacitado, pero incluso ese acto constituye una forma de atención.

Un profesional puede negarse a hacer lo que el paciente quiere que le hagan, ya que la persona que ha adquirido conocimiento y capacitación es el dentista (1) y no el paciente. Si lo que desea el paciente implica realizar un acto irresponsable o no indicado, es más prudente y ético negarse a hacerlo, ejerciendo entonces el principio de Justicia y No Maleficencia (principio de los básicos) (1, 2).


A continuación les dejo una presentación en diapositivas que resulta interesante para este tema. Está enfocada en el ámbito médico, pero puede ser útil también en nuestro trabajo:



Obligatoriedad de Atender Al Paciente

3 comentarios:

  1. El principio de autonomía se basa en que el paciente debe ser informado en forma clara y responsable de todas las posibilidades de tratamiento, lo que no significa que el paciente llegue a entender en su totalidad las consecuencias de una acción clínica.

    El principio de la bioética fundamental es el de no maleficencia, por ende el límite que debe existir a la Autonomía del paciente radica cuando se trastoca el principio fundamental de no maleficiencia , por lo que siempre se debe otorgar atencion pertinente a quien lo necesite , pero si el odontologo se puede negarse a realizar un tratamiento demandado por el paciente(cuando este va en desmedro de su propia salud) , por lo que se le explicara que para resolver el problema existen ciertos tratamientos indicados, pero no se podra realizar el tratamiento demandado .

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  2. Diferenciar entre "negarse a atender" y "negarse a realizar lo que el paciente quiere" es fundamental.

    La atención con el procedimiento odontológico a realizar debe ser justificado en nuestros conocimientos y habilidades. Si nuestros conocimientos avalados nos indican no realizar lo que el paciente nos pide, sino indicar otro tratamiento, se le explica y aconseja al paciente sobre esta nueva opción de lo que sí se debería hacer.
    En caso que el paciente no esté de acuerdo con el servicio que según nuestros conocimientos y ética debemos realizar, estamos en todo nuestro derecho de decirle al paciente que el servicio que el busca no estamos éticamente capacitados para entregarlo.

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  3. ¿Un médico de guardia puede negarse a venir al domicilio de un paciente que no puede desplazarse?

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